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Las modalidades de contratación laboral:
La tendencia es a realizar contratos fijos de carácter indefinido. Para responder a necesidades circunstanciales o realizar una obra o servicio determinado, se establecen los contratos de duración determinada para obra o servicio, el contrato de interinidad y los contratos eventuales por circunstancias de la producción.
Los contratos en prácticas responden a razones formativas, su temporalidad queda limitada al aprendizaje o a la práctica profesional.
La duración de la jornada de trabajo es la razón de ser de los contratos a tiempo parcial. Singularidad de este es el contrato de relevo.
Otros tipos de contratación, se basan en donde o como se presta el trabajo. Por último, existen otras modalidades, que pretenden estimular la creación de puestos de trabajo para determinados colectivos.
Contratos indefinidos y de duración determinada:
El concertado por tiempo indefinido es el común u ordinario, no fijan ningún término o condición que ponga fin a su relación.
Los contratos de duración determinada dan respuesta a aquellas situaciones y necesidades temporales y coyunturales que demanda la actividad empresarial.
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